seguros y fianzas

25 años de fianzas

Hace unos días, en una reunión meramente casual, salió el tema de que el 16 de febrero, si Dios así lo permite, cumpliré mis primeros 25 años en nuestro sector.

Lic. Mario Jesús Carrillo López / Responsable de Instituciones de Garantías, Oficina de Vinculación mjcl@ovgarantias.com

Por este motivo, nuestra estimada Laura muy amablemente me pidió compartir algo de cómo ha caminado el sector durante este cuarto de siglo. Quizá me hizo la invitación porque al platicar del tema me vio muy entusiasmado, feliz y agradecido o qué sé yo, pero de cualquier forma acepté con mucho gusto, así que heme aquí. Resumir 25 años en unas líneas es todo un reto, por lo cual trataré de enfocarme en los eventos más relevantes para nuestro sector, dividiéndolos en dos grandes apartados: antes de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas (LISF) y después de esta.

Antes de la LISF

Nuestro marco legal de 1999 a 2015 era la Ley Federal de Instituciones de Fianzas (LFIF), la cual posicionaba a México como toda una referencia internacional en la materia y causaba la envidia de muchos países; sin embargo, nadie es profeta en su tierra.

En doce ocasiones se publicaron reformas a la LFIF en el Diario Oficial de la Federación, lo cual se hizo siempre en aras de modernizar el marco normativo para preservar la estabilidad financiera de las instituciones de fianzas, lograr el óptimo desarrollo de estas y dar una mayor certeza de las obligaciones contraídas entre las afianzadoras y los usuarios de sus servicios. Además, se pasó de las circulares F a la Circular Única de Fianzas y, con respecto a otros ordenamientos relacionados, se publicó la Ley de la Condusef.

En este contexto, se incorporaron esquemas de autocorrección y regularización; se implementaron medidas uniformes de carácter corporativo en el sector financiero y mejores prácticas para mejorar la integración y el funcionamiento de la administración de las instituciones; se modificó la composición de los consejos de administración, previendo las figuras del consejero independiente y el comité con carácter consultivo, y se propuso que se pudieran celebrar operaciones y prestar servicios a través de medios electrónicos.

También se adecuó el marco normativo relacionado con diversos aspectos de organización, supervisión y regulación de las instituciones de seguros y de fianzas, entre los que destacan el régimen de autorizaciones, el control accionario, las reservas técnicas y el margen de solvencia, la suscripción y el seguimiento de obligaciones, los mecanismos de inspección y vigilancia, los planes de regularización, las sanciones y revocaciones y el marco regulatorio de las instituciones filiales.

En 2004 y 2007, se facultó a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para que emitiera disposiciones de carácter general a efecto de que las instituciones y los agentes de fianzas establecieran tanto medidas como procedimientos para prevenir y detectar actos, omisiones u operaciones que pudieran favorecer o prestar ayuda, auxilio o cooperación de cualquier especie para la comisión del delito previsto en el artículo 139 del Código Penal Federal o que pudieran ubicarse en los supuestos del artículo 400 bis del mismo código.

Por otro lado, el sector enfrentó el problema de la deducibilidad de las reclamaciones pagadas, situación que llevó a un análisis exhaustivo de “Acredita Solvencia” y que culminó con la inclusión de este tema en los criterios no vinculantes que cada año publica el SAT en la Resolución Miscelánea Fiscal. Además, se publicaron reformas a las leyes de adquisiciones y obras públicas, así como a sus nuevos reglamentos, que dieron relevancia a “la no divisibilidad” y el “historial de cumplimiento” en CompraNet para la determinación del monto a garantizar.

En este tiempo se intensificó el problema de la falsificación de fianzas, el cual fue atendido mediante una colaboración que se realizó con la entonces Secretaría de la Función Pública, la Tesofe y el SAT para que se incluyera en sus manuales de operación la obligación a cargo de los servidores públicos de autentificar las fianzas con el número de validación, que actualmente sigue apareciendo en todas las pólizas, y posteriormente con la fianza electrónica, que también fue motivo de trabajos con diferentes beneficiarios. Otros asuntos relevantes fueron la publicación de diversos criterios jurisprudenciales, relacionados con la caducidad, la prescripción y la divisibilidad, y los trabajos de acercamiento con los grandes beneficiarios y de depuración de asuntos de reclamaciones pendientes de resolver, para establecer las bases de un entendimiento claro sobre los alcances de las obligaciones principales y accesorias, ya que el sector se enfrentó al reto del cuestionamiento sobre su aceptación.

Después de la LISF

Por supuesto, los eventos más relevantes durante este tiempo fueron la publicación de la LISF, la abrogación de la LFIF y la unificación normativa en la Circular Única de Seguros y Fianzas. Estos cambios trajeron un reordenamiento de varios aspectos operativos de las instituciones, como la implementación de Solvencia II y el cumplimiento de estándares normativos internacionales, lo que derivó en la realización de una serie de trabajos y ajustes en prácticamente todos los rubros. Por ello, se tuvo una vacatio legis de 730 días. Además, llegó el seguro de caución, en el cual se invirtieron muchas horas de estudio, análisis y pláticas que hoy se siguen realizando –¿quién quiere una conversación de ello?–; hubo cambios y ajustes en las visiones de algunos aspectos gremiales, así como diversidad de puntos de vista, pero Afianza, Amexig, AMIG y todos han trabajado incesantemente, y vimos liquidaciones, revocaciones, entradas y salidas de diversas instituciones, situaciones que se dan cada cierto tiempo.

La inmutable esencia de la fianza

A Heráclito de Éfeso se atribuye la frase “lo único constante es el cambio”. En estos 25 años, hemos sido testigos de que en buena parte esto es así. El cambio es una constante que pareciera cíclica en unos casos y que en otros responde a la necesidad de evolucionar, crecer o atender las exigencias de los factores externos e internos y las fuerzas del mercado. Sin embargo, creo que la esencia de la fianza resulta inmutable y es la que me entusiasmó, pues tiene que ver con valores, los cuales son la parte intangible pero permanente que da sentido a todo. La palabra fianza proviene del latín vulgar fidare, que a su vez viene del latín culto fidere, vocablo cuyas acepciones abarcan la fe, la confianza y la seguridad, tres elementos con los que se pueden mover montañas…

Debemos tener cuidado, pues un mal entendimiento de esta esencia lastimaría un sector construido a lo largo de muchos años de altas y bajas. La constante del cambio y el deseo de ser protagonistas de ello no nos justifican ni nos facultan para trastocar con prácticas indebidas las garantías, confundiendo, mezclando o desconociendo su naturaleza y poniendo el interés particular sobre el sectorial solo por vender, ganar mercado, llegar a metas o alcanzar un crecimiento efímero. Sigamos caminando juntos en la construcción de esta historia.

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