Planes de ahorro y vida

Reflexiones Fondo de Pensiones para el Bienestar

Roxana Vélez Pérez / Coordinadora editorial, Revista Siniestro

Durante la conferencia “Afores, Pensiones, Seguros”, realizada por la Amasfac, los ponentes aborda- ron diversas problemáticas en torno al decreto del Fondo de Pensiones para el Bienestar, publicado el 1 de mayo por el gobierno federal. Jorge Barba mencionó que la seguridad social es un derecho establecido en la Constitución, gracias al cual el gobierno debe brindar a la sociedad pensiones y apoyos por fallecimiento, invalidez, jubilación, falta de vivienda y desempleo. Él destacó que un esquema de pensiones debe cumplir tres características fundamentales: brindar un beneficio (dinero) suficiente, ser solvente en cuanto al costo de papo y ser universal, de manera que el beneficio alcance para todos. Durante su intervención, Rolando Silva dijo que la historia de las pensiones en México inició con la Ley de 1973 del IMSS, la cual era generosa por las condiciones favorables que ofrecía para calcular la pensión vitalicia, pues consideraba cuánto había ganado el trabajador en sus últimos años de cotización (vida laboral), mientras que ahora se toma en cuenta la edad (60 o 65 años), las semanas de cotización (1000) y el salario base promedio de toda la vida laboral, por lo cual se promedian los ingresos de los primeros años de trabajo con los últimos y se obtiene así un monto mucho menor. Él resaltó que el propósito de tener una pensión es conservar un nivel de vida parecido al que se tenía cuando se estaba trabajando, por lo cual debe existir una proporción entre el tiempo en el cual se realizaron las aportaciones y los años durante los cuales se disfrutará el beneficio.

Verónica Gonzalo mencionó que el decreto beneficiará a la generación afore, la cual comenzó a cotizar después de 1997 y abarca a 18 millones de trabajadores, pero explicó que solo el 31% de esta población es económicamente activa y solo entre el 16% y el 22% cumple los requisitos. Ella advirtió que, aunque se consideró como salario tope el presentado por el IMSS en 2023 (16,777.68 pesos), el monto de la pensión garantizada dependerá del requisito de edad (65 años) y de las semanas cotizadas. Además, comentó que el fondo usará los ahorros para el retiro no reclamados por las personas de más de 70 años, que cotizaron en el IMSS, y de más de 75 años, que cotizaron en el ISSSTE, cuyas cuentas estén inactivas. Finalmente, subrayó que aún hay mucho trabajo por hacer, pues el comité técnico designado no cuenta con la participación de los sectores obrero y empresarial, aunque son los principales afectados y beneficiados, y no se ha establecido en las leyes del IMSS y el ISSSTE las cuestiones relacionadas con el pago y otros aspectos de las pensiones con complemento, a pesar de que el 1 de julio debieron entregarse las primeras pensiones para el bienestar a 68 mil trabajadores, de acuerdo con la promesa de la administración saliente.

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