Especial fianzas

Momentos clave de la historia de la fianza de empresa en México

Lic. Mario Jesús Carrillo López / Director general, Oficina de Vinculación de Garantías mjcl@ovgarantias.com


Durante sus 130 años de historia, el sector afianzador mexicano ha vivido diversos cambios en cuanto a la concepción de su naturaleza, los cuales se derivaron de los cambios legislativos. El sector empezó como “concesión”, pero después su modalidad cambió a “autorización”, luego regresó a “concesión” y finalmente retornó a “autorización”. De manera similar, tuvimos primero compañías concesionarias, después compañías autorizadas, luego instituciones de crédito, posteriormente instituciones de fianzas, enseguida organizaciones auxiliares de crédito, más tarde nuevamente instituciones de fianzas y en la actualidad instituciones de fianzas e instituciones de seguros autorizadas para operar seguros de caución y fianzas. Aquí la historia.

1895

• 03 de junio. En el Diario Oficial de la Federación (DOF), se publicó el decreto mediante el cual “se autoriza al Ejecutivo para que […] otorgue concesiones a compañías nacionales o extranjeras legalmente constituidas, a fin de que habitualmente practiquen operaciones de caución por el manejo de funcionarios, empleados, dependientes y, en general, toda clase de personas que tengan responsabilidad pecuniaria por la dirección, administración, conservación o depósito de intereses públicos o privados, en favor del Gobierno Federal, de los Gobiernos de los Estados, Distrito Federal y Territorios, de las Municipalidades, Corporaciones, Compañías o individuos de la República”.

• 19 de junio. Se firma el primer contrato de concesión en México, entre American Surety Company de New York y la Secretaría de Estado y Despacho de Hacienda y Crédito Público.

• 09 de agosto. Establecimiento de la primera sucursal en México de American Surety Company de New York.

1910

• 24 de mayo. Se publicó el decreto por el que se establece las reglas a que deben sujetarse las compañías legalmente constituidas que sean autorizadas por el Ejecutivo de la Unión para expedir fianzas a favor de la Hacienda Pública Federal.

• 24 de junio. Se publicaron las disposiciones para el régimen de las fianzas que otorguen en favor de la Hacienda Pública las compañías que soliciten y obtengan del Gobierno Federal la autorización a que se refiere el art. 1 de la ley del 24 de mayo último.

1925

• 08 de abril. Se publicó la Ley sobre Compañías de Fianzas, la cual establecía en su artículo 2: “Las compañías de fianzas serán consideradas como instituciones de crédito, y se les aplicarán, por tanto, las disposiciones de la Ley General de Instituciones de Crédito y Establecimientos Bancarios, del 24 de diciembre de 1924, salvo lo que previene esta ley”.

1926

• 29 de noviembre. Se reforma la Ley General de Instituciones de Crédito y Establecimientos Bancarios, para destinar su Capítulo IX al apartado “De las compañías de fianzas”, a quienes les aplicaría dicha ley.

1943

• 12 de mayo. Se publicó la Ley de Instituciones de Fianzas. Esta ley fue promulgada el 31 de diciembre de 1942; no obstante, su publicación tuvo lugar hasta el 12 de mayo de 1943 y sus efectos a partir del 01 de junio de 1943. Esta ley es particularmente interesante, pues vivió un proceso legislativo intenso en donde quedó claro que las fianzas y los seguros son figuras distintas. En esta ley se reconoce a las empresas como instituciones de fianzas, abandonando la etiqueta de “instituciones de crédito”.

1950

• 29 de diciembre. Se publicó la Ley Federal de Instituciones de Fianzas (LFIF), la cual estuvo vigente hasta que fue abrogada por la vigente Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas.

1969

• 18 de enero. Se reforman los artículos 75, 76 y 77 de la LFIF, en los que las instituciones de fianzas fueron consideradas como organizaciones auxiliares de crédito, por lo que les resultaba aplicable, en lo conducente, las disposiciones de la Ley General de Instituciones de Crédito y Organizaciones Auxiliares.

1981

• 29 de diciembre. Se reformaron diversos artículos de la LFIF. Entre ellos, el 3, el 5 y el 7, los cuales señalaban que, para organizarse y funcionar como institución de fianzas, se requería la concesión del Gobierno Federal.

1984

• 20 de diciembre. Se reforma la LFIF, en la cual, después de 15 años, las instituciones dejaron de ser consideradas como organizaciones auxiliares de crédito, para quedar solo como instituciones de fianzas.

1990

• 03 de enero. Se reformaron diversos artículos de la LFIF. Entre ellos, el 3, el 5, el 7 y todos los demás relativos, que habían sido reformados el 29 de diciembre de 1981, para abandonar el tema de la concesión y regresar a la figura de la autorización.

2013 2015
• 04 de abril de 2013. Se publicó la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas (LISF), que entró en vigor el 04 de abril de 2015. Se abrogó la LFIF y la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros. Con la LISF, entre otras cosas, se modernizó el régimen de solvencia y se buscó promover un sano desarrollo de las actividades aseguradora y afianzadora. Para nuestros efectos, aparece la figura del seguro de caución, dando la posibilidad a las instituciones de fianzas que así lo consideren de transformarse en instituciones de seguros para operar tanto fianzas como seguros de caución. Así pues, para efectos de garantías, se mantienen las instituciones de fianzas y se suman las instituciones de seguros autorizadas para operar seguros de caución y fianzas, de tal suerte que a la fecha conviven estos dos tipos de instituciones.

En pleno 2025 nos podemos sentir muy orgullosos de la gran trayectoria que ha forjado la fianza de empresa, pues su labor, aunque discreta, ha formado parte importante del crecimiento de nuestro país, apoyando desde sus orígenes a salvaguardar el interés público en pro del desarrollo y el bienestar y respaldando siempre el cumplimiento de obligaciones que se traducen en bienes y servicios para el bien común. Hospitales, carreteras, escuelas, aeropuertos, presas, caminos, puentes, suministros, energía, medicamentos, desarrollos, parques, exploración y explotación de hidrocarburos, realización de plantas industriales, proveeduría, obras públicas y privadas, entre otros bienes y servicios, forman parte de las grandes obras que sostienen a nuestra nación, en las cuales ha estado presente nuestra garantía, cuyo prestigio y transcendencia es el resultado de la unión de los esfuerzos de todos los que participan en esta industria. Autoridades, instituciones, supervisores, reguladores, fiados, beneficiarios, intermediarios, funcionarios y gremios, sigamos trabajando con visión de futuro y afrontando tanto los retos como las circunstancias que se presentan cada día, para así seguir escribiendo nuestra historia.

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