Iván Navarro Morales / Twitter: NMIM4218
En notas pasadas hemos hablado de las pensiones que emanan de una relación laboral y están protegidas no solo por la Constitución mexicana, sino también por diversos tratados internacionales firmados por nuestro país. Estas pensiones son prestaciones accesorias que emanan del derecho al seguro social, el cual sí es un beneficio primario de una relación laboral, al igual que el descanso obligatorio, las vacaciones, el aguinaldo, las utilidades y el pago de horas extra. Si quieres denunciar un despido no justificado o si deseas solicitar las prestaciones que te corresponden y no te fueron pagadas, debes tener presente la fecha máxima de reclamación señalada por la legislación laboral (término de la prescripción). Sigue leyendo para enterarte a qué me refiero.
En el caso del aguinaldo, dispones de un año para reclamar tu derecho. Este tiempo se computa a partir del día siguiente en que sea legal la reclamación. Como la ley señala que el día máximo que tiene el patrón para pagar esta prestación es el 20 de diciembre, desde el 21 de ese mes se cuentan los 365 días que tienes para acudir al Centro de Conciliación y Registro Laboral o la Junta de Conciliación y Arbitraje, ya sea federal o local, y hacer efectivo el cobro. No importa si laboraste muy poco tiempo, ya que te deben pagar al menos la parte proporcional que generaste durante el año.
Si ya transcurrió más tiempo del establecido y no recibiste nada ni tampoco ejerciste tu derecho, no todo está perdido. Aquí se demuestra la importancia de conocer a fondo el derecho laboral. Diversas tesis emitidas por la SCJN y los tribunales colegiados establecen de manera clara y precisa que el derecho a reclamar las prestaciones de seguridad social es inextinguible e irrenunciable y procede incluso después de que ha terminado la relación de trabajo. Esto significa que la prescripción señalada en la ley laboral deja de observarse cuando se trata de reclamaciones de derechos de seguridad social. He aquí la ventana abierta para que, en cualquier momento, reclames a tu expatrón tus derechos, si este omitió su obligación de pagar tus aportaciones o no la cumplió de manera correcta.
Antes que nada, debes verificar si durante todo el tiempo que laboraste para una empresa, recibiste las aportaciones en materia de seguridad social, de acuerdo con tu salario real. La mejor manera de averiguarlo es a través del portal del seguro social, donde podrás percatarte si tu expatrón cumplió o no con esta obligación, pues allí verás el salario con el que te registró. Luego, debes solicitar a tu afore el informe de tus aportaciones recibidas por concepto de vivienda y retiro, para que compruebes si hubo un pago total y correcto a tu cuenta individual de retiro.
Cabe mencionar que las empresas y los patrones están obligados a reportar al IMSS el salario diario integrado tal y como lo recibe su empleado, aunque sea vendedor o comisionista, por lo que debe informar los pagos en efectivo por cuota diaria, las gratificaciones, las percepciones, la alimentación, la habitación, las primas, las comisiones, las prestaciones en especie o cualquier otra retribución que se entregue al trabajador por su empleo.
Si después de revisar el portal del seguro social y el informe de la afore notas omisiones, aunque hayan transcurrido uno o cinco años desde que renunciaste o te despidieron y aunque tus prestaciones hayan prescrito, puedes emprender un juicio especial de seguridad social para negociar el pago de los adeudos laborales (aguinaldo, indemnización por despido y vacaciones, entre otros conceptos) a cambio de los derechos sociales que no fueron cubiertos de forma cabal cuando prestaste tu servicio. Créeme que tu expatrón preferirá negociar contigo que pagar al IMSS, el SAT y el Infonavit los capitales constitutivos correspondientes, pues estos no son nada baratos y superan por mucho la cantidad que te ofrecerán para resarcir el daño ocasionado a tu fondo de retiro y de vivienda.
Desde luego, te sugiero que antes de emprender una acción de esta naturaleza, acudas a un especialista en seguridad social, para que te oriente y muestre los posibles escenarios en este tipo de demandas extraordinarias.
