Ajustes, Daños e Indemnizaciones

El seguro de daños y su abanico de coberturas

Las personas suelen pensar que, como la cobertura amplia del seguro de auto cubre todo y solo pide a cambio el pago de un deducible, lo mismo ocurre en Daños. Sin embargo, esto no es así. Ni las pólizas ni los ajustadores de ambos ramos son iguales. Para entender mejor cómo vender o comprar un seguro de daños, la persona interesada debe saber qué ampara este y para qué se necesita. Algunos productos protegen las casas; otros, las pequeñas, medianas o grandes empresas. Las coberturas de edificio, contenidos, cristales y responsabilidad civil (RC) son las más comunes o usadas y contienen un mundo de riesgos y circunstancias con el potencial de convertirse en un siniestro. Por ello, al vender o comprar un seguro de daños se debe seleccionar las coberturas adecuadas para el bien asegurado, de acuerdo con el tipo de construcción, el giro del negocio y la intención del aseguramiento (el interés asegurable). De aquí que se recomiende revisar con detenimiento las condiciones generales del producto propuesto y cada cobertura, sin mezclar ni omitir ninguna redacción, para identificar las protecciones que se necesitan y comprender qué amparan y qué no.

Para contratar la cobertura de edificio, el interesado debe ser el propietario, poseedor o responsable del inmueble y conocer el valor de reconstrucción o el valor comercial de este, según sea el caso. Para usar la cobertura de contenidos, el interesado tiene que tener tanto un listado de sus pertenencias como los soportes documentales que respalden dicho registro, ya que debe demostrar la buena fe del contrato de seguros en caso de siniestro, es decir, comprobar que el valor de los bienes asegurados con la póliza corresponda a la suma declarada en esta, porque de lo contrario se aplicaría la regla de la proporcionalidad.

La activación de las coberturas básicas o adicionales siempre exige el cumplimiento de las condiciones generales de la póliza contratada. Cabe mencionar que los deducibles dependen de las coberturas adicionales adquiridas, porque normalmente no se aplica ninguno cuando se trata de un incendio, pero sí se debe pagar uno para los demás riesgos, que se expresa en la carátula de la póliza.

La cobertura de cristales normalmente no tiene restricciones, por lo que solo suele pedir que los cristales sean de más de 6 mm y se pague el deducible correspondiente, de acuerdo con la pérdida sufrida, lo cual se menciona en las condiciones generales de la póliza.

La cobertura de RC se apega al marco legal y se basa en los códigos civiles de cada estado. Esta protección normal y básica se puede enriquecer mediante opciones adicionales que el interesado debe contratar teniendo en cuenta sus necesidades y las recomendaciones del asesor y recordando que a cada una le corresponde su propio deducible, el cual tiene que cubrir para que la aseguradora indemnice al 100% al afectado y se cumpla así lo indicado por la ley. Es importante considerar que la indemnización en RC debe realizarse a valor real (costo actual menos depreciaciones), porque la ley indica que “se debe reponer el bien en las mismas condiciones en las que se encontraba”, por lo que este se paga como usado o nuevo dependiendo de si se demuestra o no que se usó antes; sin embargo, si la póliza indica valor de reposición para todas las coberturas, la indemnización en RC debe realizarse a valor de reposición.

Existen muchas coberturas que nacen de las básicas, como las de equipo electrónico, rotura de maquinaria, equipo móvil dentro y fuera del predio y bienes a la intemperie para fenómenos hidrometeorológicos o, si se especifica así, para cualquier riesgo.

En las protecciones adicionales, así como en las básicas, el secreto es tanto leer las condiciones particulares y generales del producto y las coberturas que se desea contratar como buscar la ayuda profesional de un experto en Daños, para obtener una explicación más digerible o amigable de la póliza, disipar las dudas existentes, conocer la correcta interpretación de una redacción y no cometer errores.

En los folletos, pláticas y seminarios se habla de las diferentes coberturas de cada producto, pero no se dice que no se puede revolver las características y deducibles de una con las de otra, lo que a veces encontramos los ajustadores de daños a la hora de atender un siniestro.

Es recomendable que, una vez emitida la póliza, el asesor revise con el cliente cada aspecto de esta, para confirmar que lo solicitado, lo establecido y lo requerido concuerden y que las características mencionadas, como el valor de reposición, las sumas aseguradas, el giro del negocio y el tipo constructivo de muros y techos, sean correctas, porque al ocurrir un siniestro ya no es factible cambiar ninguno de estos datos.

Deja un comentario