Vida & Retiro

No dejes asuntos pendientes tras tu muerte

Iván Navarro Morales / Twitter: NMIM4218

Es común recibir en mis oficinas a los familiares de algún extinto trabajador que no tuvo nunca la pericia para dejar en orden sus documentos y evitar así malos momentos a sus seres queridos. Por ello, en este mes dedicado a la muerte, hablaremos de qué debes prevenir si no quieres heredar problemas a tus beneficiarios legales cuando dejes este mundo terrenal.

Situación civil

Mucha gente se casa durante sus primeros años de vida independiente y al poco tiempo se separa, pero jamás se divorcia, por lo que sus futuros matrimonios se vuelven nulos ante la ley. Hay quien cree de forma absurda que el compromiso anterior, con el paso del tiempo, deja de tener efectos, lo cual es equívoco. La ausencia de divorcio prolonga el matrimonio de forma indefinida, por lo que la pareja actual queda en total desamparo, ya que los tribunales y los organismos de seguridad social le negarán el derecho a disfrutar de los beneficios que la persona fallecida haya generado en vida. En estos casos, los únicos blindados son los hijos menores de edad, que se encuentren estudiando.

Identidad

Muchas personas no detectan que su nombre, en el acta de nacimiento, está mal escrito y que el error se repite en todos sus documentos, como la credencial del INE y la CURP, porque jamás han tramitado una copia certificada de su acta de nacimiento para cotejar sus datos e identidad. A veces, el problema surge por un punto o una letra. Para efectos legales, por ejemplo, María no es lo mismo que Ma, Ma. o Maria, pues cada variante corresponde a una persona distinta. Si no resolvemos este tipo de errores, nuestros familiares tendrán que realizar los trámites para regularizar la situación (en muchos casos, juicios de identidad), los cuales pueden extenderse por años.

Seguro social y vigencia de derechos

Por amor a tus seres queridos, es indispensable que tengas al menos el seguro social. Esta protección es muy económica y el mito de que pagarlo, a través del patrón o como trabajador independiente, no sirve de nada es un error fatal. Estar asegurado en el régimen del IMSS garantiza que tus familiares cuenten con un apoyo de gastos funerarios y que, si cotizaste tres años (150 semanas) o más, tu pareja (esposa o esposo) o mamá o papá reciba una pensión vitalicia de al menos un salario mínimo (en ediciones pasadas abordamos este tema). En algunos casos, tus familiares podrán cobrar los saldos de tu afore. Además, al cotizar tienes derecho a ser atendido en el IMSS.

Beneficiarios legales

Informa tanto a la empresa donde prestas tus servicios como a tu afore y tu sindicato quiénes serán tus beneficiarios legales en caso de muerte, para que cuando llegue el momento los trámites sean más sencillos para ellos. Esto evitará que los usurpadores –personas que se presentan en las empresas diciendo que tuvieron una relación contigo y tienen derechos a tus pasivos, como las supuestas concubinas– aprovechen la situación y que tus familiares sean objeto de tediosas investigaciones de dependencia económica, que suelen ser ordenadas por los tribunales y las juntas de conciliación y quitar tanto tiempo como dinero.

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