Seguros

Importancia del fedatario público en un siniestro

Mtra. Karla Ruíz / Directora, Ormuz

La comprensión de lo que implica una fe de hechos es fundamental para un agente de seguros, especialmente cuando se enfrenta a situaciones críticas relacionadas con un siniestro, pero ¿qué es exactamente una fe de hechos? El término ‘fe’ proviene del latín ‘fides’ y, en el contexto de la religión católica, se refiere a una de las tres virtudes teologales. Sin embargo, en el ámbito legal, tiene varias acepciones que básicamente se refieren a un acto subjetivo de creencia o confianza o a la seguridad que emana de un documento. En el contexto de los actos de los particulares, la fe de hechos representa la necesidad de certeza.

Por otro lado, un fedatario público desempeña un papel crucial al dar fe de los actos jurídicos que se celebran ante él. En este sentido, un notario público es un profesional del derecho investido de fe pública por el Estado, cuya función implica recibir, interpretar, redactar y dar forma legal a la voluntad de las personas que acuden a él, así como conferir autenticidad y certeza jurídica a los actos y hechos que ocurren ante su presencia. En el ámbito de los fedatarios públicos, existen dos tipos principales: los notarios públicos y los corredores públicos. Ambos pueden ayudar en materia de seguros, ya que se trata de una cuestión de naturaleza mercantil.

Cuando ocurre un siniestro, normalmente un ajustador actúa como una especie de fedatario al elaborar un informe que brinda constancia de la situación en la que se encuentran los bienes o el asegurado. Este informe, que suele contener fotografías o videos, permite a la aseguradora evaluar la procedencia del siniestro. Sin embargo, en ciertos casos, especialmente si implican daños significativos, es indispensable contar con un fedatario público.

Esto puede ocurrir cuando el asegurado desea contar con una prueba adicional, además del informe realizado por el ajustador, porque considera que no se están tomando en cuenta todos los elementos necesarios del siniestro o teme que algunos aspectos relevantes sean omitidos o porque el ajustador o la autoridad demoran en llegar al lugar del siniestro para dar fe de los hechos y la situación podría cambiar o requerir modificaciones por seguridad.

La función principal de un fedatario público en un siniestro es plasmar en un documento lo que percibe a través de los sentidos, principalmente la vista. Esto implica registrar la situación en la que se encuentran el inmueble, los bienes o el asegurado, entre otros aspectos relevantes. Actualmente, los fedatarios se valen de recursos, como fotografías, que anexan a su testimonio para reforzarlo. Este documento tiene validez legal y sirve como evidencia de lo observado.

Es fundamental que el asesor de seguros esté capacitado para determinar cuándo los servicios de un fedatario público son apropiados, beneficiosos y cruciales para la reclamación de siniestros. Esto permite al agente colaborar de forma efectiva con el asegurado, fortaleciendo así su reclamo y evitando rechazos innecesarios. Al involucrar a un fedatario, se proporcionan a la aseguradora más elementos para una evaluación adecuada del siniestro. Además, la fe de hechos es extremadamente valiosa para el asegurado si se rechaza el reclamo, ya que al recurrir a los tribunales y presentarla como evidencia se fortalece significativamente su defensa.

Por tanto, resulta decisivo que los asesores, al detectar un siniestro complejo, recomienden a los asegurados que soliciten a un fedatario público la realización de una fe de hechos, para respaldar su reclamo antes de que las circunstancias cambien debido a su propia naturaleza o a la intervención de las autoridades.

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