Sector Asegurador

Principales retos del sector asegurador en materia legal

Como abogado litigante especializado en derecho de seguros, me parece que los principales retos para este sector derivan de dos hechos incontrovertibles.

Lic. Pablo Medina Magallanes / pmedina@medinaabogados.com.mx

El primero de ellos es que el contrato de seguro tiene un profundo transfondo social, ya que a través de él se da tranquilidad a la población, puesto que, al pagar una fracción de lo que pudiera costarle la ocurrencia de un hecho dañoso, tiene la posibilidad de resarcir una pérdida sin comprometer su patrimonio, lo que se identifica como dispersión del riesgo. El segundo es que la parte conocedora del negocio del seguro siempre es y ha sido el asegurador, lo cual, aunado a que en la enorme mayoría de los casos se trata de un contrato de adhesión, se traduce en la necesidad de buscar e implementar mecanismos que permitan reequilibrar la relación existente entre las partes. Por lo anterior, considero que el sector debería enfocar sus esfuerzos en, entre otros fines:

Esmerarse en que los documentos contractuales sean claros y precisos. Estos son la única parte del producto del seguro que es dada a conocer a los contratantes y asegurados, por lo cual es esencial que en ellos sean evidentes las obligaciones asumidas por cada parte y especialmente cuáles son las coberturas otorgadas, las exclusiones y las cargas que deberá cumplir el asegurado para obtener la protección deseada. Otorgar la información oportuna, veraz y suficiente al asegurado o contratante respecto al contenido del contrato de seguro. No es suficiente, como ya han determinado nuestros tribunales federales, que el contenido contractual sea claro, ya que además debe darse la información a los futuros asegurados, para que conozcan los diferentes tipos de productos existentes y elijan la mejor alternativa, y a los ya asegurados, para que comprendan el alcance de la póliza adquirida. En relación con lo anterior, vale la pena recordar un viejo adagio: “Solo hay una cosa peor que no estar asegurado: estar mal asegurado”. Esto es evidente cuando consideras que, si no tienes seguro, soportarás las consecuencias económicas del hecho dañoso, pero si tienes uno que no es el que querías o necesitabas, no solo sufrirás las consecuencias del hecho, sino también habrás pagado una prima que no servirá de nada.

Mejorar la elaboración de los dictámenes, tanto de congruencia como legales, y ponerlos al alcance de los asegurados. La ley ordena la realización de estos para verificar que el contenido de la documentación contractual tiene sustento y equivalencia tanto en la nota técnica como en la legislación aplicable. Además, se requieren para demostrar que aquellos supuestos en que la ley le echa la carga de la prueba a la empresa de seguros, como la apreciación del riesgo antes de la celebración del contrato y la agravación del riesgo durante la vida del seguro, son situaciones en las que se delimita el riesgo o se limita la cobertura y no consecuencia de un errado análisis del riesgo, el cual no debería ser oponible al consumidor.

En mi opinión, conforme se transparente el contenido del contrato de seguro, se disminuirán los desencuentros entre las aseguradoras y los asegurados o con- tratantes o beneficiarios y será menos gravosa para las partes la resolución de los casos en que existan discrepancias, contradicciones o posibles interpretaciones dentro del mismo contrato de seguro o entre este y la ley. Con “menos gravosa” no me refiero solamente al costo de los abogados, sino también a la carencia de recursos indispensables para enfrentar el evento dañoso, siempre considerando que esas controversias deberían resolverse a favor del consumidor de seguros.

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