Humberto Riquelme Gerente de Suscripción de Reaseguro, Active Re hriquelme@acreinsurance.com
Durante mi trayectoria de más de 40 años en el mundo del reaseguro y durante mi interacción con los diferentes mercados de seguro de América Latina, he tenido la oportunidad de conversar con muchísima gente dentro y fuera de nuestra actividad y siempre me ha llamado mucho la atención el uso de la palabra “riesgo” en nuestros escritos, documentos y pláticas. Como instructor de temas de reaseguro y seguros en el Imesfac (México) y en la Universidad Latina (Panamá), ahondé en este concepto, ya que a diario algunas personas, incluso instruidas en este medio, usan el término “riesgo” de forma equivocada al considerarlo un sinónimo de “asegurado”, “interés asegurable” o “la cuenta”, lo cual es erróneo, pues estos conceptos son muy diferentes, aunque se complementen.

La palabra “riesgo” se refiere a la posibilidad de que ocurra un evento o una acción que tenga consecuencias negativas, indeseables o benéficas. Sin embargo, me he encontrado con textos como este: “El reaseguro facultativo es adecuado para riesgos ‘fuera de serie’, que no son aceptados en los contratos de reaseguro, como un rascacielos en el centro de la ciudad o una planta nuclear”. Dado que un riesgo no es un rascacielos ni una planta nuclear, el texto anterior no es correcto. En este caso, el riesgo podría ser que se incendie el rascacielos o que explote la planta nuclear.
En el texto citado, se expresa: “La aseguradora tiene la decisión de ceder el riesgo o no, así como la reaseguradora tiene la opción de aceptarlo, modificarlo o rechazarlo”. Si bien esta expresión tiene algo de verdad, pues la aseguradora sí puede decidir si cede o no uno de los riesgos asegurados, el texto se refiere al “bien asegurable”, que es el rascacielos o la planta nuclear, y no al riesgo, que son las coberturas del seguro, como las de incendio, rayo, explosión y caída de objetos (FLEXA) y la de líneas aliadas de incendio. Pese al error, es cierto que la aseguradora puede decidir qué riesgos ceder mediante el reaseguro y cuáles no, así que podría retener, para un bien asegurable como un rascacielos, los riesgos FLEXA y reasegurar solo el riesgo TEV (terremoto y erupción volcánica).
En un seguro de ramos técnicos, el bien asegurado es el proyecto de construcción y la maquinaria que se está montando, mientras que los riesgos son el derrumbe, el terremoto, la tormenta, los vientos fuertes, el robo y la rotura de maquinaria, entre otros. En un seguro facultativo de personas, la vida del asegurado es el bien asegurable, no el riesgo, así que no debemos decir “el riesgo de vida”, pues la muerte es el riesgo. En un seguro de gastos médicos mayores, el bien asegurable es la salud del asegurado y el riesgo es la enfermedad o el accidente que podría afectarla.
Además de los riesgos ya señalados, en el reaseguro y los seguros se manejan muchos otros, como los financieros, que abarcan las pérdidas de dinero por inversiones fallidas o fluctuaciones en el mercado; los laborales, que incluyen los accidentes en el lugar de trabajo o la pérdida del empleo; los naturales, que engloban los terremotos, los huracanes, las inundaciones y otros desastres; los tecnológicos, que comprenden los fallos en sistemas informáticos y los ciberataques, y los de seguridad, que abarcan el robo, el vandalismo y la violencia.
El edificio, la mercancía, la vida, el auto, las joyas, el dinero, la salud, la construcción y las máquinas no son el riesgo, sino los intereses asegurables o bienes expuestos a las eventualidades, las afectaciones, las pérdidas o la destrucción, es decir, a los riesgos que los pueden afectar, como un incendio, la muerte, un choque, un robo, las enfermedades, los temblores y los huracanes. Usemos el término correcto.
