Seguros

Tecnificación de la fianza en México

Pedro Aguilar / Consultor actuarial especializado en Seguros, Reaseguro y Fianzas pedroab140264@gmail.com

Durante muchos años se pensó que la fianza, a diferencia del seguro, no tenía riesgo, ya que existen garantías de recuperación que, en caso de siniestro y en teoría, permiten recuperar la pérdida. Por ello, se creyó que no se requería una valoración técnica del riesgo. Esto cambió con la crisis de la década de los noventa, cuando debido al estrés financiero por la devaluación del peso en 1994 y el Efecto Tequila a nivel internacional hubo una fuerte contracción económica que ocasionó quiebras y cierres de negocios, lo cual, a su vez, generó un efecto sistémico y una oleada de reclamaciones que tuvo una gran repercusión en el mercado mexicano, llevando a la eventual insolvencia y cierre de varias instituciones afianzadoras.

En esos tiempos, la regulación del sector afianzador mexicano era un tanto débil. No existía la obligación de elaborar notas técnicas para sustentar las primas ni de contar con una modelación y medición técnica de las reservas, las cuales se calculaban como un porcentaje de las primas, de manera que, si estas estaban mal estimadas, la reserva lo estaba también. Además, no había mecanismos adecuados de control y medición de la calidad, la factibilidad de recuperación y la liquidez de las garantías de recuperación, que se consideraban la base para mitigar el riesgo de pérdida en Fianzas. Tampoco existía una medición adecuada del requerimiento de capital de solvencia, que en esos tiempos se llamaba requerimiento mínimo de capital base de operaciones. Cuatro elementos evidenciaron la debilidad técnica en la regulación y en los procesos de suscripción: el aumento sustancial en el número de reclamaciones; las primas y las reservas insuficientes; la falta de calidad y liquidez de las garantías de recuperación, y el requerimiento de capital de solvencia que no se sustentaba en una medición adecuada del riesgo. Estos factores, combinados con el aumento del riesgo por la crisis, fueron determinantes para la insolvencia de las instituciones de fianzas, lo que evidenció la necesidad de mejoras urgentes en la regulación. Por ello, en 1997 se inició una serie de cambios regulatorios relevantes, encaminados a la aplicación de un mejor enfoque técnico para la medición del riesgo de fianzas, concretamente en materia de primas, reservas y requerimientos de capital de solvencia, y para el fortalecimiento de los procesos de suscripción en el rubro de contragarantías. Así, se estableció la obligación de sustentar las primas en una nota técnica y, en materia de reservas y capital de solvencia, se establecieron índices de reclamaciones que permitieran una mejor estimación del valor de las reclamaciones futuras y de la recuperación de contragarantías.

En 2015, México adoptó un esquema regulatorio tipo Solvencia II, que se basa en estimar las reservas a valor de mercado y con modelos propios, pero las reservas de fianzas no se adaptaron por completo a este enfoque, así que el sector afianzador se rezagó. Fianzas debe avanzar, mediante modelos propios de reservas y capital que cumplan con Solvencia II y NIIF 17, para estar a la par del entorno internacional. Una serie de metodologías técnicamente apropiadas para valorar el riesgo de fianzas y los métodos de reserva aparece en Fundamentos de primas y reservas de fianzas y seguros de caución: Enfoque de Solvencia II, libro publicado por la editorial Mapfre en 2019.

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