Carlos Zamudio Sosa
Claims Manager, México Claims and Risk Management czamudio@mexicoclaims.com
Recientemente me preguntó un cliente por qué la aseguradora había retirado de la atención a los ajutadores si yo le había explicado que estos, por definición legal, eran quienes tenían la capacidad para intervenir en el reclamo. Entonces, recordé un artículo que escribí en 2015 por la entrada en vigor de la LISF, en el cual analicé largamente los aspectos derivados del art. 109 que integraban la figura del ajustador y su capacidad para evaluar tanto las causas del siniestro como las demás circunstancias que influyen en la determinación de la indemnización, lo que a su vez otorga a la institución de seguros los elementos para determinar la procedencia o no del siniestro y, en su caso, la propuesta de indemnización.
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