Lic. Alberto Islas / AYA Soporte albertoislas01@ayasoporte.com.mx
Estimados lectores, no en pocas ocasiones surgen cuestionamientos sobre la naturaleza del seguro y del reaseguro, que van desde la interpretación de las condiciones de los contratos hasta el análisis de su prescripción y sus características generales, para resolver conflictos y determinar si las reclamaciones proceden.
Sobre el reaseguro —que la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, en su artículo segundo, define como “el contrato en virtud del cual una institución de seguros, una reaseguradora extranjera o una entidad reaseguradora del extranjero toma a su cargo total o parcialmente un riesgo ya cubierto por una institución de seguros o el remanente de daños que exceda de la cantidad asegurada por el asegurador directo”—, los Tribunales Colegiados de Circuito nos han obsequiado dos tesis con registros digitales 2030676 y 2030678, las cuales al ser aisladas no son de observancia obligatoria, pero orientan la interpretación de los contratos o normas aplicables.
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