Carlos Zamudio Sosa / México Claims and Risk Management, S.C. / czamudio@mexicoclaims.com
Muchos agentes creen que estamos viviendo una época de mercado duro, pues se han impuesto restricciones de suscripción en los últimos años. Si sueles intermediar daños, seguramente has sufrido aún más la complejidad para expedir o renovar contratos, pues este fenómeno inició hace al menos dos años y fue recrudecido por la pandemia. Sin embargo, los riesgos estables no han tenido cambios significativos en nuestro país y se suscriben con cierta facilidad. La dificultad depende de las líneas de negocio, puesto que a nivel mundial se presenta en aquellas que no han permeado con fuerza o son una especialidad de alto impacto económico.
Se espera que la aseguradora acepte casi cualquier tipo de oferta, siempre y cuando la propuesta sea competitiva o atractiva. Sin embargo, en los mercados duros, las compañías aceptan suscribir riesgos después de insertar en la póliza restricciones o garantías de salvaguarda y atenuación del peligro, que no todos los asegurados conocen o que no siempre es posible satisfacer. ¿Cuántos contratos se emiten sin que el usuario sea consciente de estas obligaciones o pueda cubrirlas? A veces, por ejemplo, la compañía exige desenergizar toda la instalación y al mismo tiempo tener una serie de medidas de protección contra robo o incendio, que necesitan mantenerse electrificadas.
También es posible que la compañía imponga al asegurado la obligación de contar con todos los permisos correspondientes a su empresa o giro, para que, al ocurrir un siniestro, el proceso de ajuste no se detenga. La aseguradora supone que el cliente debe contar con tales autorizaciones, por lo que, si este está exento, le arroja la carga de probar que tal supuesto no le es aplicable. Por ejemplo, como toda empresa industrial requiere un permiso de operación municipal, si este es cubierto con uno federal, la aseguradora supone que uno no sustituye al otro y pide al cliente demostrar lo contrario para continuar con el proceso indemnizatorio. Otro supuesto que podemos imaginar es que el asegurado no tenga vigente un permiso para la descarga de aguas tratadas y que, bajo tal omisión, la aseguradora rechace un siniestro iniciado desde el predio vecino.
Durante 2020 y 2021, las erogaciones por gastos médicos y vida han sido excepcionales, así que sería ilógico que el sentido común empresarial de las aseguradoras no considere como imperiosa la necesidad de reducir los costos de las operaciones o los siniestros, para garantizar que los niveles de solvencia no obliguen a recapitalizar a los socios, pues ello supondría que la mutualidad (operación regular) no tiene la capacidad de pagar la siniestralidad en exceso, aun tomando las reservas del pasado. Por ello, vendrán restricciones a los pagos de covid, mediante sublímites o supuestos que consideren la falta de vacunación como un agravante esencial del riesgo, y se buscará aplicar sin concesiones las pólizas. En caso de controversia, el agente invocará el cumplimiento del espíritu del contrato, la aseguradora aplicará la literalidad a secas o su propia interpretación dura sobre el sentido de la póliza y los tribunales deberán dirimir las diferencias.
No estoy sugiriendo que se imponga al ajustador la carga de reducir las prestaciones amparadas y descubrir la manera de rechazar un siniestro, sino adelantándome a lo que sucederá, pues este experto se verá presionado por decisiones y políticas no escritas, aunque reales, de los funcionarios y analistas de la aseguradora, que no le permitirán interpretar y resolver a favor del usuario. Será necesario un tribunal que valore las controversias; sin embargo, el asegurador es juez y parte.
Para no recomendar la indemnización, el ajustador argumentará situaciones ajenas, como la falta de una contabilidad perfecta o fiscalmente exacta, aunque el asegurado cuente con los documentos que la póliza pide, como facturas, recibos, notas y complementos. Desde fechas recientes, el intermediario también percibe que el ajuste se está tornando duro, pues las obligaciones que se impone al reclamante trascienden las contractuales insertas en la póliza y se extienden a los cumplimientos en materia administrativa o fiscal.
Si un caso se ventila en tribunales, lo único que se logra es patear el bote unos años hacia adelante o forzar al asegurado a aceptar las interpretaciones de la compañía, aunque ello signifique un pago menor al que hubiera obtenido en un mercado blando. Esto es cíclico y no debe escandalizar a nadie. Cuando la situación se normalice, la competencia por el cliente llevará a todo el conjunto a ese mercado blando con decisiones de ensueño.
En épocas de crisis y mercado duro, la figura del ajustador público, tan maltratada y poco aceptada por las aseguradoras, se torna indispensable para los usuarios no solo en los casos complejos y catastróficos, sino también, ¿por qué no?, en los medianos. Esto es natural, pues los espacios vacíos se llenan con rapidez. Si el asegurado siente que a su infortunio se suma la incertidumbre y sensación de falta de apoyo, buscará el soporte no solo de su asesor de seguros, sino también de una infraestructura que combata y equilibre el desbalance generado por la fortaleza del equipo del asegurador. A toda acción corresponde una reacción.
