Adriana Oropeza Flores / Directora Editorial Revista Siniestro
El licenciado Marco Armas estuvo presente en un desayuno de la Amasfac Sección Ciudad de México, donde ofreció una plática sobre la póliza de RC por errores u omisiones de los agentes de seguros y fianzas, que es obligatoria para quienes tienen una cédula.
La CNSF indica que, en este tipo de pólizas, la suma asegurada mínima que debe contratar un agente que va comenzando es de 25 mil udis, lo que equivale aproximadamente a 194 mil pesos; sin embargo, para aquellos que ya tienen una cartera de clientes, la suma asegurada debe ser igual al 5% del total de primas intermediadas. Adicionalmente, el artículo 32.10 de la Circular Única de Seguros y Fianzas menciona que dicho seguro es obligatorio, no cancelable y consecutivo.
Entre 2002 y 2019, la autoridad ha impuesto 8257 multas, amonestaciones, suspensiones y revocaciones a los agentes de seguros. La razón más frecuente de estos casos ha sido no presentar la póliza de RC por errores u omisiones en el plazo establecido, por lo cual es muy importante que cuentes con tu protección a tiempo. La CNSF está al tanto de las posibles sanciones a las que como agente puedes ser acreedor si no cumples con tu obligación.
El licenciado Armas comenta que las coberturas de esta póliza son RC por daños al patrimonio; RC de empleados o trabajadores; RC por pérdida o destrucción de documentos, y gastos de defensa. Él señala que el seguro de RC para agente puede ser loss occurance o claims made e insiste en que esta póliza no es solo un requisito para obtener la cédula, sino también una protección necesaria. ¿Tú qué tipo de seguro tienes?
Si estás pensando en contratar, modificar o renovar tu póliza de RC, busca a un agente que se especialice en este ramo para que expida tu protección. Así, en caso de que exista un error, podrás reclamarle o demandarlo.
Los ramos de autos y gastos médicos presentan el mayor número de reclamaciones para estos seguros. En autos, es muy común registrar mal el número de serie o el modelo del vehículo a asegurar, no tener un documento que confirme la aceptación de la cobertura por parte del cliente y no entregar las condiciones generales. En gastos médicos, es muy común registrar mal el nombre de los beneficiarios, no asegurar a un recién nacido, no especificar los padecimientos y no entregar las condiciones generales. En otros ramos, a veces las sumas aseguradas son establecidas por el agente y en ocasiones no se solicita la firma de recibido de algún documento o cambio en la póliza, por lo que los clientes pueden alegar que no se les entregó.
La ley obliga a reparar el daño si este ocurre como consecuencia directa de la responsabilidad civil del agente. Esta reparación debe ser integral, pero de no ser posible se procede al pago de una indemnización justa como medida resarcitoria. El derecho a la reparación integral se valora a través del daño moral. La reparación del daño es integral cuando abarca medidas de restitución, para restablecer a la víctima en la medida posible a la situación anterior al hecho; de rehabilitación, para brindar a la víctima los servicios médicos, psicológicos, sociales, financieros o de cualquier índole que reparen las consecuencias del daño; de indemnización, que tienen un carácter económico y se cargan al causante del daño, y de satisfacción, que permiten el acceso a la justicia y a la verdad.
Recuerda que, mientras más personas trabajen contigo en tu despacho o promotoría, más posibilidad hay de que exista un error u omisión, así que registra a los miembros de tu equipo ante el IMSS e informa a la aseguradora sobre ellos. Finalmente, no mantengas tu póliza con la mínima suma asegurada requerida por la autoridad, pues el consejo del licenciado Armas es contratar por lo menos 3 millones de pesos.
