Agente, Sector Asegurador

El lavado de dinero también impacta al sector asegurador


Entrevistamos al licenciado Miguel Ángel de la Fuente, socio de DAC Beachcroft, para profundizar en un problema que involucra al sector asegurador por formar parte del sistema financiero: el lavado de dinero.

Roxana Vélez Pérez / Coordinadora editorial, Revista Siniestro

De acuerdo con él, este delito consiste en realizar operaciones con dinero de procedencia ilícita para pasarlo por “filtros legales” —entidades o empresas que manejan recursos económicos— y evitar así su identificación, de manera que puedan ser utilizados más tarde bajo la etiqueta de procedencia lícita para promover y financiar actividades como el terrorismo y el narcotráfico.

En el sector asegurador, esta actividad se suele dar mediante la contratación o conservación de seguros de vida y de daños para obtener el dinero lavado a través de las indemnizaciones correspondientes pagadas a un tercero. El crimen organizado utiliza a las aseguradoras para blanquear el dinero —aparentar su legitimidad— a través del pago de primas para el otorgamiento de un seguro que indemnizará a un tercero. Así, el dinero de las primas, cuya naturaleza ilícita no es detectada por la aseguradora, vuelve a los delincuentes en forma de indemnización y, por tanto, de dinero limpio, sin origen ilegal o inadecuado.

El lavado de dinero mediante seguros no es tan frecuente debido a que los controles actuales de las aseguradoras emiten una alerta al identificar con rapidez operaciones o situaciones anormales, como un cambio repentino en el perfil transaccional del asegurado, sin una explicación clara, o un intento de adquirir un seguro cuyo monto no corresponde al perfil del interesado. Aunque los agentes son el primer filtro al reunir la información para integrar el expediente, el abogado considera que no todos son conscientes del impacto de su labor en el combate al lavado de dinero y que muchos están más preocupados por la venta. Por tanto, las aseguradoras, que tienen la mayor carga legal, deben re- forzar la capacitación con respecto a esta problemática. Las operaciones de lavado de dinero pueden darse antes, durante o después de la contratación de la póliza. La debida diligencia implica que las aseguradoras, ayudadas por los agentes, revisen de forma constante y periódica tanto el perfil transaccional como la capacidad económica del cliente, para verificar que se mantengan dentro de los parámetros. Si hay disparidad entre lo contratado y lo renovado —montos asegurados, bienes cubiertos o protecciones adquiridas—, se debe revisar la situación. Las labores contra el lavado de dinero deben realizarse durante toda la vida de la póliza e incluso después si hay un reclamo de un tercero, entendiendo quién es y verificando su identidad.

Para las aseguradoras, las consecuencias legales de verse involucradas en este delito van desde las multas hasta la revocación de la licencia, si la situación es recurrente, o la intervención gerencial de la CNSF, si el caso es complejo o grave. Además, los funcionarios de las aseguradoras pueden ser multados o recibir una sanción penal.

El licenciado considera que hay muchas áreas de mejora en el sistema de prevención de lavado de dinero dentro de la regulación mexicana. Él indica que la CNBV certifica oficiales de cumplimiento —quienes revisan la toma de decisiones en cuanto al manejo y detección del lavado de dinero—, pero que el sector asegurador no tiene esta figura.

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