Ajustes, Daños e Indemnizaciones

Garantías con W

Lyndsay Garnica / Casualty director, Abaco International Loss Adjusters México

En el mundo de los seguros, la acepción de varios términos cambia dependiendo del contexto. El ejemplo más conocido de esto es “riesgo”, pero otro de gran relevancia es “garantía”. En esta ocasión nos enfocaremos en las garantías con W (warranty), que son las obligaciones o compromisos del asegurado para que su póliza no sea anulada y que deben ser cumplidas de manera exacta y literal, pues no se permite desviación alguna y hay muy poco espacio para la interpretación ya que están estandarizadas a nivel mundial por importantes entidades, como las sociedades de clasificación (IATA, OACI y OMI, entre otras), y suelen estar expresadas en menor o mayor medida dentro de las legislaciones locales.

Las garantías con W generan uno de los pocos escenarios en los que la interpretación, si la hay, se da a favor de la aseguradora y no del asegurado, porque se considera de muy buena fe que se espere su cumplimiento y porque suelen ser garantías de seguridad. Esto es muy relevante en áreas de grandes riesgos, como la marítima, la aeronáutica, la de hidrocarburos y la de operaciones costa afuera; sin embargo, aplica para todos los ramos. Dentro de estas obligaciones, hay una subdivisión más acotada y relevante para el seguro: las garantías implícitas, deberes tan cruciales para la evaluación del riesgo que su cumplimiento es indispensable. Cada rama tiene sus propias garantías implícitas. Aunque estas pueden variar dependiendo del objeto asegurado, veamos unos ejemplos.

En el caso de los edificios de uso comercial, la asegu- radora solicita la existencia de un sistema contra in- cendios. Por tanto, si este no existe o no se encuentra funcional al momento del siniestro, la compañía puede invocar el incumplimiento de la garantía implícita y la anulación del contrato, de conformidad con la legislación en la materia.

Para aeronaves y embarcaciones, una garantía implícita es la validación de la capacidad de manejar el artefacto, a través de, por ejemplo, una licencia o libreta de mar, y otra muy común es la necesidad de contar con horas de vuelo o navegación. Además, los mantenimientos y las horas de operación se comprueban con las bitácoras generales o específicas. También se solicita la comprobación de la legalidad del vuelo o la navegación y la aeronavegabilidad o navegabilidad, pues no se tendrá el respaldo de la aseguradora, aunque la póliza esté vigente, si se sale a la aventura sin un estado lícito de vuelo o navegación, ya que se agrava el riesgo con una acción peligrosa e ilegal y tanto la ley como el seguro especifican que no se cubren los actos ilegales.

En los casos de hidrocarburos y otras operaciones de alto riesgo por posible contaminación o filtración existen muchos otros factores que se deben considerar para comprobar la validez de la póliza al momento de ocurrir un siniestro, independientemente de su vigencia. Además, en estos escenarios existe una posible contradicción respecto a que la responsabilidad civil no se puede cancelar, lo cual será materia de otro artículo, pues tendremos que adentrarnos en las diferencias entre la cancelación y la nulidad de la póliza, asomándonos a la nueva doctrina del derecho de daños.

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