Ajustes, Daños e Indemnizaciones

Responsabilidad ambiental y civil para gasolineras

Ana Clemente / anaclemente@virsaseguros.com.mx

En febrero te compartí una guía sobre los detalles que debes observar al suscribir riesgos de gasolineras. Dado que esta fue bien recibida y despertó el interés por conocer más, en esta edición te cuento cómo debe estar conformada la cobertura de responsabilidad por daños a terceros y al medio ambiente, que exige actualmente la autoridad a los expendios de combustible.

Desde 2013, año en que se comenzó a legislar en materia de hidrocarburos con el decreto de creación de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos (ASEA), empezó en nuestro país el desarrollo de políticas y regulaciones que tienden a incentivar actividades que reduzcan la probabilidad de daños al medio ambiente, lo que a su vez provocó una serie de reglas para la contratación de seguros, pues ahora estos deben cumplir ciertos requisitos y características. De acuerdo con el Diario Oficial de la Federación, en su publicación del 23 de julio de 2018, quienes realicen actividades de transporte, almacenamiento, distribución y expendio al público de petrolíferos tienen la obligación de contratar un seguro de responsabilidad civil y responsabilidad por daño ambiental (RC y RA), que cubra los posibles daños por la ocurrencia de un evento dañino, se mantenga vigente y se registre en la ASEA.

Los límites mínimos de suma asegurada que se contraten deben atender a lo indicado de acuerdo con el tipo de actividad que el regulado realice –e incluso con algunas características físicas de sus instalaciones– o con un estudio de pérdida máxima probable. En el primer caso, aquellos que venden al púbico gasolina y diésel deben contratar como límite mínimo para estas coberturas el monto de 275 mil dólares por evento, mientras que quienes venden al público gas natural comprimido o gas licuado de petróleo para estaciones de carburación deben adquirir unas coberturas cuyo límite mínimo combinado sea de 500 mil dólares por evento. En el segundo caso, un tercero autorizado debe realizar el estudio obligatorio para quienes venden petrolíferos o hidrocarburos al público y se encuentren en aeródromos o sitios adyacentes a zonas marítimas fluviales o para quienes, en sus instalaciones, vendan simultáneamente petrolíferos y gas natural, incluyendo estaciones de servicio multimodal –regla que no aplica para quien vende simultáneamente gasolina y diésel–. Cabe aclarar que los límites que te comparto son solo para regulados con actividades de expendio, así que para los otros te recomiendo consultar la publicación completa del Diario Oficial de la Federación.

Para que las pólizas de seguro sean aceptadas como válidas por la autoridad, deben garantizar los límites establecidos para RC y RA, contar con una vigencia anual, ser incancelables, ya que son obligatorias en términos de los artículos 39 y 150 bis de la Ley sobre el Contrato de Seguro, y mantener en todo momento los límites de responsabilidad contratados que se hayan registrado ante la ASEA, lo que implica incluir la cláusula de reinstalación automática de la suma asegurada. Además, los riesgos que debe cubrir la cobertura de responsabilidad ambiental y debe enlistar de forma expresa la póliza son atención a emergencias, contención de contaminantes, mitigación de impactos y daños ambientales, restauración o compensación ambiental, caracterización de sitios contaminados y remediación de sitios contaminados. Respecto de los riesgos de responsabilidad civil, la autoridad menciona que la protección contratada debe ser la básica o general, considerando también coberturas adicionales para aquellos daños y perjuicios provocados por contratistas, subcontratistas, proveedores o prestadores de servicios.

En la actualidad, hay productos desarrollados específicamente para cubrir la necesidad de coberturas establecida por la autoridad; sin embargo, estas opciones son limitadas y presentan diferencias en los textos propuestos dentro de sus condiciones, por lo que es importante que te detengas a revisar puntualmente que el producto que selecciones para tu cliente realmente le ofrezca una protección adecuada y abarque todos los requisitos establecidos por la ley.

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