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Designar al beneficiario de tu seguro es cosa seria.

Gabriela Leyva / Reportera, Revista Siniestro

Contratar un seguro de vida es una forma de proteger económicamente a nuestros seres queridos ante una situación inesperada. Sin embargo, no se limita a elegir una suma asegurada y revisar las coberturas; también hay un aspecto que requiere de atención: la designación de los beneficiarios.

De acuerdo con Mauricio Ramírez, director general de Ekilibra Seguros, quien platicó con nosotros en entrevista, designar a los beneficiarios es una de las decisiones más importantes al contratar un seguro de vida, ya que esto establece quiénes recibirán el dinero en caso de que el asegurado fallezca. Además, las personas designadas cuentan con un derecho propio para reclamar a la aseguradora la cantidad que les corresponda.

¿A quién se puede designar como beneficiario?

Una de las dudas más comunes es quién puede recibir el beneficio de una póliza. En términos generales, el asegurado puede designar a una o varias personas, sean familiares o no. Hablamos de que las opciones podrían ser la pareja, los hijos, los padres o los hermanos. Lo realmente importante es proporcionar correctamente los datos de cada beneficiario y, en caso de designar a varias personas, establecer qué porcentaje de la suma asegurada recibirá, ya que los porcentajes deben sumar 100; por ello la distribución debe ser clara.

Sin embargo, cuando hablamos de menores de edad, es necesario prestar especial atención, ya que un menor puede ser beneficiario de un seguro de vida pero no cobrarlo y administrar libremente el dinero por sí mismo. Por ello se designa a un adulto con la intención de que después entregue el dinero al menor. No obstante, hay que entender que la persona que aparece como beneficiaria adquiere derechos sobre esos recursos, por lo que no necesariamente tendrá la obligación de entregárselos al niño.

Ante este tipo de casos, es recomendable buscar asesoría para determinar la forma adecuada de proteger el dinero destinado a los hijos. Dependiendo del caso, pueden considerarse alternativas como un fideicomiso que establezca cómo se administrarán y entregarán los recursos.

¿Cuándo se deben actualizar los datos de los beneficiarios?

Mauricio nos comentó que los beneficiarios de una póliza no obligatoriamente tienen que ser los mismos durante toda la vida del seguro, ya que un matrimonio, un divorcio, el nacimiento de un hijo o un fallecimiento son acontecimientos que pueden hacer necesario un cambio.

Existe una excepción que debe tomarse en cuenta: el beneficiario irrevocable. Cuando esta condición se establece formalmente y el asegurado renuncia al derecho de revocar la designación, el cambio ya no puede realizarse simplemente por voluntad propia, sino que deben atenderse las condiciones legales aplicables. Por esta razón, es importante conocer las implicaciones antes de establecer una designación irrevocable.

¿Y si no hay un beneficiario?

En el caso de que una póliza no cuente con una designación válida de beneficiarios, podría creerse que la aseguradora se queda automáticamente con el dinero o que cualquier familiar puede cobrar la suma sin restricción. Sin embargo, Mauricio nos explicó que, en estos casos, es necesario determinar legalmente quién tiene dere- cho a recibir la indemnización. Esto depende de las circunstancias, pues en algunos casos podría requerirse un procedimiento sucesorio u otras gestiones legales para establecer quiénes pueden reclamar los recursos. Esto puede representar más trámites, documentación y tiempo para los familiares, especialmente durante un momento complicado.

No basta con contratar una póliza para cuidar a los tuyos: también hay que mantener actualizados tus datos y llevar en orden tus trámites. Deja a los tuyos tranquilidad y no problemas.

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