Carlos Zamudio Sosa / México Claims and Risk Management, S.C. / carlos.zamudiososa@gmail.com
La ratificación de la cesación de los efectos del contrato de seguro por pago extemporáneo de prima es el tema de hoy. Debido a la trascendencia de este criterio, es importante analizar su origen e implicaciones a corto y largo plazo.
En teoría, la decisión de la Suprema Corte no aporta ninguna novedad. El contrato se considera vencido desde su celebración, pues el usuario no lo paga en el momento, y la ley concede, salvo en caso de que se convenga un plazo diferente, 30 días naturales para su liquidación, es decir, para evitar que sus efectos cesen.
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