Israel Trujillo Bravo / Twitter @DrTrujilloBravo
El 19 de noviembre de 2020, se publicó en el Diario Oficial de la Federación las nuevas disposiciones en materia de prevención de lavado de dinero, que se aplican al sector asegurador y se refieren al artículo 492 de la Ley de Instituciones de Seguros y Fianzas (LISF). Estas invalidan los artículos 140 de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros (LGISMS) y 112 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas (LFIF), que seguían vigentes a pesar de que ambas leyes fueron abrogadas en 2015. La actualización responde a las recomendaciones expresadas en la Evaluación Mutua de 2018 por el Grupo de Acción Financiera Internacional sobre el Blanqueo de Capitales (GAFI) y a la estrategia para combatir el lavado de dinero y el tráfico de armas, que forma parte del Plan Nacional de Desarrollo 2019‑2024. En este artículo se expone de forma breve los principales cambios que entraron en vigor el 31 de diciembre de 2020.
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